El magistrado del Tribunal Constitucional (TC) Enrique López ha subrayado este miércoles que a partir de ahora hay una posición "clara, expresa, contundente" y unánime del alto tribunal sobre las pretensiones soberanistas que incumplan la legalidad. (Frase redundante porque está claro que todas las pretensiones catalanas, estarán a partir de ahora fuera de la legalidad según el TC.) Así, ha explicado que cualquier acto que pueda no seguir esas reglas del juego tiene "consecuencias" conforme al ordenamiento jurídico.
Para ello, está convencido de que, si llega el caso, quienes están legitimados para presentar recursos lo harán y el TC, o los órganos del Poder Judicial decidirán. Y todos sabemos que cualquier medio de información, sindicato con manos limpias, y partidos políticos nacionales, están legitimados por el TC, excepto el Parlament de Catalunya y sus políticos esos no pueden hacer ni pronunciamientos políticos.
Ante esta situación que ya era esperada por la sociedad y el gobierno político de Catalunya es evidente que las condiciones de encuentro entre España y Catalunya se han perdido. El presidente catalán, Artur Mas, ha afirmado hoy que mantendrá el "proceso" a favor de celebrar una consulta soberanista en Cataluña, pese a la "grave", "innecesaria" y "prevista" sentencia del Tribunal Constitucional sobre la declaración de soberanía del Parlament.
En la sesión de control al Govern, Mas se ha referido así al fallo del TC sobre la declaración de soberanía del pasado enero y se ha preguntado si al emitir dicha sentencia el alto tribunal realmente ejerce el papel de "árbitro de todos" los españoles, ante lo que la Generalitat persistirá en su "reto democrático y político".
El
primer efecto de la resolución contra la declaración soberanía aprobada por el
Parlamento catalán es su nulidad, es decir nunca ha existido por los siglos de
los siglos, así tampoco lo que se refiere a conceptuar el “pueblo catalán” como
sujeto político y soberano, curioso una identidad política y social mucho más
antigua que la propia España como reino, según el TC nunca a existido.
La
realidad es que el TC ha tumbado uno de los puntos clave de la declaración de
soberanía: la proclamación de Cataluña como un sujeto «político y jurídico
soberano». Así, cada vez queda más lejos la intención de de poder convocar una
consulta sobre la independencia dentro de la legalidad. El próximo 8 de abril se discutirá en el Congreso la petición del
Parlamento catalán para convocar el referéndum de
autodeterminación y el presidente de la Generalitat, que ha renunciado a
defender su plan en el hemiciclo, cosechará una nueva derrota.
De
todas maneras en cuanto al derecho a
decidir, La Generalitat no se da por aludida. Su portavoz, Francesc
Homs, ya avisó ayer de que la sentencia no alteraría los planes de la
Generalitat ni frenará el proceso soberanista. «No tendrá ningún efecto»,
aseguró el consejero de Presidencia del Ejecutivo catalán. El portavoz catalán
aseguró que se puede entender como un aval a la negociación de la consulta que
el TC abra la puerta a la constitucionalidad del concepto «derecho a decidir».
Por
ello, una de las vías que propone supone recurrir al artículo 150.2 de la
Constitución para que se transfiera esa potestad, tal como en su momento se
hizo con las competencias de tráfico. La modificación de la Constitución
española para permitir a las autonomías convocar este tipo de referendos, pero
la realidad tras la actuación del TC exige un consenso imposible en estos
momentos. Rajoy ha descartado que ahora
sea el momento de abordar esa reforma, precisamente porque este proceso
estaría contaminado por el caso catalán.
Así
las cosas, la única posibilidad que le queda al Gobierno catalán de celebrar
una consulta al margen de la
autorización del Estado, es el uso de la ley de consultas populares que
está a punto de aprobarse en el Parlamento catalán. Esta normativa establece la
posibilidad de que Cataluña pueda convocar una consulta no vinculante y sin
permiso del Estado. Aquí es donde el contenido de la consulta es determinante,
pues se trata de un asunto que afecta a la estructura territorial del Estado en
el que no tiene competencias Cataluña. Tanto esa ley catalana como el
hipotético decreto de convocatoria de consulta mediante esta normativa son
susceptibles de ser recurridas ante el Constitucional.
En fin
dejaremos pasar unos días para ver qué conclusiones se toman desde ambos lados
pero o mucho me equivoco o lo único que queda es la declaración unilateral de
independencia de Catalunya y avanzar así un par de años evitando así una pérdida
de tiempo con un coste económico y social incalculable, la acción definitiva a
la que sin duda se está empujando la situación por parte de España, yo
personalmente la encuentro lógica, hay que pensar que es la misma que nos toca
hacer a los catalanes, la diferencia simplemente estriba en que España tira
hacia adentro, y los catalanes debemos tirar hacia afuera.
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