Al final no serán ni Artur Mas ni Oriol Junqueras
quienes proclamaran las elecciones llanmadas “plebiscitarias de Catalunya me
temo que será el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) quien
lo hará, esta institución parece que aprecia indicios de que el presidente de
la Generalitat, Artur Mas,
pudo incurrir en un delito de desobediencia al no acatar la
orden del Tribunal Constitucional (TC) que suspendía la consulta alternativa soberanista
del 9N.
Así lo expone la sala civil y penal del
alto tribunal catalán en varios autos notificados hoy, en los que razona su
decisión, acordada el pasado 22 de diciembre, de admitir a trámite a las
querellas y denuncias por el acto del 9N e investigar a Mas y a las
conselleras Joana Ortega e Irene Rigau por presunta desobediencia al
Constitucional.
En el auto en el que se
admite a trámite la querella de la fiscalía, el TSJC sostiene que existen
indicios de que la suspensión "concreta y determinada" de la consulta
alternativa ordenada por el Constitucional el 4 de noviembre "no fue
presuntamente acatada por los querellados", ya que continuaron con la
preparación "por la vía de hecho" hasta llevar a cabo las votaciones
en edificios públicos, de lo que se responsabilizó públicamente el propio Mas.
Al seguir adelante con
la consulta, el TSJC entiende que Mas, Ortega y Rigau "privaron
aparentemente de eficacia" el contenido de la suspensión cautelar ordenada
por el Constitucional antes de que el tribunal se pudiera pronunciar
definitivamente en sentencia sobre el fondo del asunto, "con los
subsiguientes efectos irreversibles que con dichas conductas se causaron".
De esta forma, el alto
tribunal catalán concluye que Mas, Ortega y Rigau pudieron haber incurrido
presuntamente en un delito de desobediencia a resoluciones judiciales cometido
por autoridad pública y, en su caso, en función del resultado de la
investigación que se lleve a cabo, de prevaricación y malversación de caudales
públicos.
En los autos, el alto
tribunal catalán razona que "es público y notorio" que Artur Mas
renunció a realizar la consulta soberanista inicialmente prevista ante la
suspensión ordenada por el Tribunal Constitucional el 29 de septiembre. No
obstante, el TSJC recuerda que, una vez que Artur Mas convirtió la consulta
inicial en un proceso de participación ciudadana, el Gobierno del PP formuló
una nueva impugnación ante el Constitucional, que el 4 de noviembre suspendió
cautelarmente la votación soberanista de forma "concreta y
determinada".
No seguiré haciendo
copia de la resolución del tribunal pero solo quiero finalizar este capítulo
con el acuerdo final. -El TSJC acuerda incoar diligencias previas para la
investigación de la causa, que será instruida por el magistrado Joan Manuel
Abril, que fue designado ponente de la querella más antigua, la de Manos
Limpias- bien pues ya tenemos una investigación abierta que servirá para
dominar el tempo de las decisiones políticas que quieran tomar los líderes políticos
catalanes.
Tal y como está esta resolución
es evidente que las elecciones las promoverá el TSJC verán si sigue el
desconcierto y el desacuerdo la investigación judicial no terminara nunca irán
pasando semanas meses etc. pero en el momento en que se decida alguna cosa desde
Catalunya por parte de los políticos soberanistas, el juicio se precipitara de
tal manera que al menos Mas quedara suspendido cautelarmente de cualquier poder
de actuación y también puede ocurrir que si al gobierno de Madrid le interesa
precipitar las elecciones porque el desacuerdo y el desanimo independentista se
asiente como parece, también decidirá que el TSJC precipite la acción judicial
contra Mas, Ortega y Rigau, con lo que su posible inhabilitación política obligara
a realizar elecciones autonómicas.
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